“Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo”
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Artículo 12º.- El órgano de apoyo es el Área de Administración Infraestructura y Equipamiento, cumple las siguientes funciones:

    1. Proporcionar oportunamente en los casos que sean unidades ejecutoras los recursos económicos y bienes y servicios que demande la prestación del servicio de la instituciones educativas a su cargo en un marco de equidad y transparencia, mediante la ejecución eficaz de los recursos presupuestarios de la Unidad de Gestión Educativa Local.
    2. Participar en los casos que sean unidades ejecutoras, en las modificaciones presupuestales necesarias en coordinación con el Área de Gestión Institucional, a fin de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos estratégicos propuestos.
  1. Asesorar a las instituciones educativas en la elaboración y ejecución de sus presupuestos.
  2. Elaborar el calendario de compromisos de la Unidad de Gestión Educativa Local, en los casos que sean unidades ejecutoras, o tramitar los requerimientos a las instancias correspondientes en los demás casos para garantizar la disponibilidad oportuna de los recursos presupuestales.